domingo, 5 de julio de 2015

EL INFORME DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CON LA MUJER - CEDAW

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW 1979), establece obligaciones para los Estados Partes de asumir compromisos y acciones a fin de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en todas las esferas de la vida, como empleo, participación política, salud y de hecho el art. 15 establece la igualdad de la mujer con el hombre ante la Ley.

La búsqueda de igualdad entre hombres y mujeres se expresa en varios instrumentos internacionales de protección a los derechos humanos y la carta de las Naciones Unidas reafirma con meridiana claridad la fe de los derechos fundamentales de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, en ese marco Bolivia ha ratificado los siguientes instrumentos normativos de igualdad y no discriminación:
·     El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
·     Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
·     Convención Americana sobre los Derechos Humanos,
·     Protocolo adicional a la convención sobre derechos humanos en materia         de derechos económicos, sociales y culturales - Protocolo de San Salvador,
·     Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación            contra la mujer (CEDAW),
·    Tratados adoptados por la OIT en materia de igualdad entre hombres y            mujeres;
·  En el ámbito de la justicia, emergente de determinadas cumbres, se han establecido directrices para mejorar  el acceso de la mujer a la justicia.

El 5to y 6to informe del Estado Plurinacional de Bolivia pone de manifiesto importantes avances normativos relativos a la participación política de las mujeres: la Constitución Política del Estado, leyes electorales y leyes específicas de género que han contribuido a dotar a las mujeres bolivianas de un marco normativo que avanza en promover una democracia paritaria.

La promulgación de la Ley 243 contra el acoso y la violencia política en 2012, ha sido un importante avance para el país y para la región y el mundo pues es la primera Ley de esta naturaleza en promulgarse a nivel global. No obstante a más de dos años de su promulgación el Estado no ha cumplido con los tiempos que la propia norma establece para su implementación. Aún no se cuenta con un reglamento y no se ha logrado socializar ante los funcionarios encargados, organizaciones políticas y sociedad civil.

En Bolivia la paridad en la representación política está formalmente contemplada en la Constitución Política del Estado y en la normativa electoral, y los esfuerzos de las mujeres en las organizaciones políticas y sociales se amplifican para que esta normativa se cumpla.
En las elecciones de 2009, una gran limitación a la participación de las mujeres fueron las candidaturas uninominales. Este aspecto ha sido superado en el proceso electoral presente pues la Ley de Régimen Electoral (2010) ha avanzado en normar la paridad y la alternancia obligatoria en las listas plurinominales así como uninominales.

Es importante señalar, en el proceso de debate de las elecciones del 2014, un punto que fue altamente discutido fueron los derechos de las mujeres, particularmente el relativo a la no violencia.

La Ley contra el Acoso y la violencia política es un instrumento fundamental para promover y garantizar un ejercicio político pleno y no solamente de número, sin embargo existe una gran debilidad en la aplicación de la norma.  Se debe recomendar la reglamentación inmediata de la Ley y la dotación de presupuesto del Estado para su aplicación, la asignación de recursos para la concientización y formación de capacidades de servidores públicos/as y en particular del Sistema Judicial, y la creación de comités de ética u otros mecanismos paritarios en cada instancia pública  para recepción y procesamiento de denuncias.

Es por esto, que son necesarias las políticas afirmativas para el incremento de la participación política de las mujeres en los ámbitos sub-nacionales, particularmente Alcaldesas y Gobernadoras, y la aplicación de la paridad en todos los ámbitos públicos de la burocracia del Estado y de la vida profesional y económica,  enfatizando que estas medidas prioritarias sean acompañadas por políticas de equidad en el trabajo doméstico y del cuidado que permitan ampliar y fortalecer la participación política de las mujeres en iguales condiciones que la de los hombres y el fortalecimiento de la institucionalidad de género a nivel nacional y sub-nacional a través de una adecuada dotación de recursos económicos y humanos.

BIBLIOGRAFIA

ONU MUJERES (2013) Informe de la cumplimiento de las metas del CEDAW.

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