EL INFORME DE LA CONVENCIÓN
SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CON LA MUJER - CEDAW
La Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer (CEDAW 1979), establece obligaciones
para los Estados Partes de asumir compromisos y acciones a fin de garantizar la
igualdad entre hombres y mujeres en todas las esferas de la vida, como empleo,
participación política, salud y de hecho el art. 15 establece la igualdad de la
mujer con el hombre ante la Ley.
La
búsqueda de igualdad entre hombres y mujeres se expresa en varios instrumentos
internacionales de protección a los derechos humanos y la carta de las Naciones
Unidas reafirma con meridiana claridad la fe de los derechos fundamentales de
hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, en ese marco Bolivia ha
ratificado los siguientes instrumentos normativos de igualdad y no
discriminación:
· El Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos,
· Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales,
· Convención Americana sobre los
Derechos Humanos,
· Protocolo adicional a la
convención sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y
culturales - Protocolo de San Salvador,
· Convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW),
· Tratados adoptados por la OIT
en materia de igualdad entre hombres y mujeres;
· En el ámbito de la justicia,
emergente de determinadas cumbres, se han establecido directrices para
mejorar el acceso de la mujer a la
justicia.
El 5to y 6to informe del Estado
Plurinacional de Bolivia pone de manifiesto importantes avances normativos
relativos a la participación política de las mujeres: la Constitución Política
del Estado, leyes electorales y leyes específicas de género que han contribuido
a dotar a las mujeres bolivianas de un marco normativo que avanza en promover
una democracia paritaria.
La promulgación de la
Ley 243 contra el acoso y la violencia política en 2012, ha sido un importante
avance para el país y para la región y el mundo pues es la primera Ley de esta
naturaleza en promulgarse a nivel global. No obstante a más de dos años de su
promulgación el Estado no ha cumplido con los tiempos que la propia norma
establece para su implementación. Aún no se cuenta con un reglamento y no se ha
logrado socializar ante los funcionarios encargados, organizaciones políticas y
sociedad civil.
En Bolivia la
paridad en la representación política está formalmente contemplada en la
Constitución Política del Estado y en la normativa electoral, y los esfuerzos
de las mujeres en las organizaciones políticas y sociales se amplifican para
que esta normativa se cumpla.
En las elecciones de
2009, una gran limitación a la participación de las mujeres fueron las
candidaturas uninominales. Este aspecto ha sido superado en el proceso
electoral presente pues la Ley de Régimen Electoral (2010) ha avanzado en
normar la paridad y la alternancia obligatoria en las listas plurinominales así
como uninominales.
Es importante
señalar, en el proceso de debate de las elecciones del 2014, un punto que fue
altamente discutido fueron los derechos de las mujeres, particularmente el
relativo a la no violencia.
La Ley contra el Acoso
y la violencia política es un instrumento fundamental para promover y
garantizar un ejercicio político pleno y no solamente de número, sin embargo
existe una gran debilidad en la aplicación de la norma. Se debe recomendar la reglamentación
inmediata de la Ley y la dotación de presupuesto del Estado para su aplicación,
la asignación de recursos para la concientización y formación de capacidades de
servidores públicos/as y en particular del Sistema Judicial, y la creación de
comités de ética u otros mecanismos paritarios en cada instancia pública para recepción y procesamiento de denuncias.
Es por esto, que son
necesarias las políticas afirmativas para el incremento de la participación
política de las mujeres en los ámbitos sub-nacionales, particularmente
Alcaldesas y Gobernadoras, y la aplicación de la paridad en todos los ámbitos
públicos de la burocracia del Estado y de la vida profesional y económica, enfatizando que estas medidas prioritarias
sean acompañadas por políticas de equidad en el trabajo doméstico y del cuidado
que permitan ampliar y fortalecer la participación política de las mujeres en
iguales condiciones que la de los hombres y el fortalecimiento de la institucionalidad
de género a nivel nacional y sub-nacional a través de una adecuada dotación de
recursos económicos y humanos.
BIBLIOGRAFIA
ONU MUJERES (2013)
Informe de la cumplimiento de las metas del CEDAW.